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"Cualquier controversia que pudiera surgir
entre los otorgantes con relación a este contrato relativa a su
interpretación y/o cumplimiento, incluidas las referidas a su
nulidad o validez, serán resueltas mediante arbitraje de derecho de
conformidad con el Reglamento Arbitral del Instituto Nacional de
Derecho de Minería, Petróleo y Energía a cargo de ..... árbitro (s)
a ser elegido(s) del panel de árbitros del referido Instituto,
mediante fallo definitivo e inapelable". |
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